Opinión histórica de la Corte IDH: la crisis climática es una emergencia de derechos humanos

El Centro para el Derecho Internacional Ambiental (CIEL por sus siglas en inglés), celebra la histórica Opinión Consultiva emitida hoy por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que afirma que los Estados y las empresas tienen obligaciones vinculantes, conforme al derecho internacional, para abordar la crisis climática como una emergencia de derechos humanos.

En una amplia interpretación del derecho internacional, la Corte aclaró que el derecho internacional de los derechos humanos impone obligaciones jurídicas para prevenir, reducir y remediar los daños provocados por la crisis climática —afirmando los derechos de las generaciones presentes y futuras, de la naturaleza misma y de quienes defienden el planeta.

En su Opinión Consultiva sobre cambio climático, la Corte Interamericana declaró claramente que estamos en una emergencia climática que está socavando los derechos humanos de las generaciones presentes y futuras, y que los derechos humanos deben estar en el centro de toda respuesta efectiva.

La Corte reconoció que los derechos a un clima seguro y a un medio ambiente sano son protegidos por el sistema interamericano de derechos humanos, estableciendo obligaciones claras para que los Estados regulen la actividad empresarial, adopten metas climáticas ambiciosas basadas en la ciencia y la equidad, y eviten daños irreversibles a los ecosistemas y a la vida humana. También reafirmó la prohibición de causar daños ambientales irreversibles, situándola entre los deberes más altos del derecho internacional.

De manera crucial, la Corte dedicó una sección de la Opinión a las personas defensoras del ambiente, declarando que los Estados tienen un deber afirmativo de proteger a quienes defienden la tierra, el clima y los derechos humanos. La Corte subrayó el papel vital de los Pueblos Indígenas, las comunidades afrodescendientes y la juventud en la respuesta a la emergencia climática.

Este proceso se inició a partir de una solicitud de Opinión Consultiva presentada por Colombia y Chile para que la Corte emitiera una Opinión Consultiva sobre la emergencia climática y su intersección con los derechos humanos. El proceso contó con niveles de participación sin precedentes por parte de la sociedad civil, los pueblos indígenas y otras personas en la primera línea de la crisis climática.

Las opiniones consultivas son declaraciones autorizadas de derecho internacional vinculante y conllevan un peso jurídico significativo.

Esta Opinión orientará los litigios climáticos en tribunales locales, regionales y nacionales, y proporcionará una base para la formulación de políticas climáticas, anclando las leyes nacionales y las negociaciones globales en obligaciones jurídicas, no solo en las Américas, sino en todo el mundo.

El Centro para el Derecho Internacional Ambiental apoyó el proceso mediante la presentación de escritos jurídicos sobre la responsabilidad corporativa, la eliminación progresiva de los combustibles fósiles, la protección de las personas defensoras del ambiente y las reparaciones

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